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martes, 10 de junio de 2014

UNIVERSIDADES Y COLEGIOS, PODRÁN CONVOCAR SUS ELECCIONES.

UNIVERSIDADES Y COLEGIOS, PODRÁN CONVOCAR SUS ELECCIONES.  
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictaminó que los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) con el período vencido ejercerán legítimamente sus funciones hasta tanto la Asamblea Nacional (AN) designe sus nuevas autoridades. Precisa la Sala Constitucional que aun habiendo fenecido el período de algunos rectores del órgano comicial, así como el de sus respectivos suplentes, no puede admitirse una paralización en el ejercicio de una función pública indispensable para el ejercicio de la democracia, por lo que con base en el principio de continuidad administrativa, "los rectores del máximo Cuerpo Electoral ejercerán legítimamente sus funciones hasta tanto la Asamblea Nacional designe a las nuevas autoridades del Poder Electoral". Como consecuencia de esta decisión, todos aquellos organismos que se amparaban en esa situación para no convocar sus elecciones; entiéndase: Federaciones, Colegios, Universidades y otros, pueden perfectamente, convocar sus respectivas elecciones a fin de renovar sus juntas directivas. (Aplica en Carabobo a los colegios de Ingenieros, Médicos, Universidad, Abogados, Fetracarabobo, y cualquier otro ente cuya directiva tenga su período vencido.

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